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29 jul 2013
Matrimonio Igualitario en Colombia: el debate en el Senado
Compartilo Una joven manifestaba ayer en la Plaza Bolívar su reclamo por la aprobación del Matrimonio Igualitario. (Foto AFP).
Mientras que el Presidente electo de Paraguay H. Cartes, se disculpaba por decir que dispararía a los genitales de su hijo si fuera gay y en Francia se aprobaba la ley del matrimonio entre personas de un mismo sexo, impulsada por el presidente socialista, François Hollande, en un debate que se caracterizó por su clima de tensión, con 331 votos a favor y 225 votos en contra, en Colombia, en Bogotá, en la Plaza de Bolívar frente al Congreso de la república dos grupos, uno de cristianos opositores y otro conformado por personas LGTBI y de simpatizantes de sus derechos se manifestaban como preámbulo al debate que minutos después se daría en el Senado sobre el matrimonio igualitario al de los heterosexuales.
Antecedentes
La Sentencia C-075 de 2007, de la Corte Constitucional colombiana reconoció algunos efectos patrimoniales a las parejas del mismo sexo y afirmó que la Ley 54 de 1990, que regula la unión marital de hecho, es constitucional únicamente cuando se entiende aplicable tanto a las parejas heterosexuales como a las parejas del mismo sexo. De esta forma, la pareja compuesta por dos hombres o dos mujeres tiene consecuencias jurídicas positivas, hechos que la Corte se había negado a proteger. La Corte igualmente afirmó que la vida en pareja es una consecuencia de la vida sexual y afectiva de la personas, no importa si estas son heterosexuales u homosexuales.
El 28 de enero de 2009, la Corte Constitucional de Colombia, por medio de la sentencia C-029, reconoció a las parejas del mismo sexo una serie de derechos civiles, políticos, sociales, económicos, migratorios y penales que hasta el momento sólo eran reconocidos para las uniones de hecho heterosexuales. En su sentencia C-283 del 2011, la Corte les reconoció a las parejas que viven en unión libre –heterosexuales y del mismo sexo– el derecho de porción conyugal, antes exclusivo de las parejas formalmente casadas: si uno de los miembros de las parejas que conviven de hecho fallece, el sobreviviente tendrá garantizado su derecho a acceder a la porción conyugal.
El 27 de julio del 2011, mediante la sentencia C-577, la Corte Constitucional reconoció la constitucionalidad en Colombia del derecho de las parejas del mismo sexo al matrimonio civil y a que sus familias gocen de protección constitucional. La Corte dispuso también que el Congreso debería regular ese derecho, y que habría de hacerlo en un plazo de dos años. De vencer ese plazo –20 de junio del 2013–, y sin un pronunciamiento del Congreso en contrario –o a favor–, la sentencia de la Corte entrará en vigencia de inmediato: cualquier notaría del país podrá celebrar matrimonios civiles, sin requisitos ni reglamentación adicionales a los que deben seguir las parejas heterosexuales.
El proyecto de matrimonio
El Senador Armando Benedetti presentó al Congreso el proyecto de Ley 047 que regula el matrimonio civil a parejas del mismo sexo. El 4 de diciembre de 2012 la Comisión Primera del Senado aprobó por 10 votos a favor y 5 en contra el Proyecto, el cual pasó a discusión a Plenaria del Senado, proyecto que se discutió en primer debate el pasado 18 de abril y cuyo segundo debate sucedió el martes 23/04/2013.
En el primer debate en plenaria se oyó a la madre de un hijo homosexual Martha Lucía Cuéllar, a un hombre norteamericano en unión con un colombiano, a un Mario Cely Quintero y por supuesto a los senadores, se destacó en la oposición el senador Gerlein quien afirmó que el “Sexo entre homosexuales es escatológico y con fines recreativos”. Este debate se aplazó porque se dejó de transmitir la señal del mismo en el canal de TV del senado posponiéndolo para el martes 23.
Entre la oposición y la misión divina
En este segundo debate plenario se esgrimieron por parte de los opositores del proyecto razones que se justificaron en la ley natural, en la biblia, en periódicos reconocidos por su amarillismo, en las creencias católicas y cristianas en general. Se oyó decir a todos estos senadores que no negaban los derechos a los homosexuales y que los respetaban, situación tan frecuente que era evidente que cuando alguien exponía una idea similar ya se sabía de antemano que anunciaría que votaría en contra. Se recalcó de la misma manera en que las parejas del mismo sexo tienen y deben tener derechos civiles herenciales y alimentarios.
Otro elemento común en la oposición fue decir que representaban a las mayorías aun cuando en Colombia no se ha realizado ninguna investigación en la que se sustente dicha afirmación. Igualmente se consideró que este proyecto es inconstitucional, el art 42 de la Constitución (sobre el matrimonio) no admite interpretación: ya que este es entre hombre y mujer y tiene como fin esencial la procreación.
Igualmente se dijo que el proyecto adolecía de vacíos jurídicos y que la Corte Constitucional se había extralimitado en sus funciones al “obligar” al senado a discutir sobre el matrimonio y ponerle una fecha limite a dicha situación
También fue arto frecuente oír que los homosexuales son vulneradores sexuales, que la homosexualidad se aprende en la familia cuando los padres son del mismo sexo y que el proyecto lo que buscaba en última instancia era la aprobación de la adopción. Todos fueron enfáticos en afirmar que su interés es proteger los derechos de los niños, que priman sobre los derechos de los adultos.
Cabe señalar que no es verdad que el proyecto busque la adopción porque en Colombia ésta está reglamentada por la Ley 1098 de 2006 y ella no hace referencia a la orientación sexual del adoptante.
Un problema de derechos, no de religión
Quienes apoyan el proyecto se centraron en la idea de que el proyecto debe debatirse en lo referente a los derechos fundamentales y no desde criterios religiosos. Que el matrimonio es un derecho fundamental. El Senador Avellanada aclaro que si los derechos no son por la línea del matrimonio ello implica decir que quienes son heterosexuales son distintos como personas, que se considera que como los homosexuales son diferentes el trato también lo debe ser, pero que debemos llegar a la igualdad efectiva, porque no hacerlo es una ruptura con el Art 13 constitucional.
Otro argumento frecuente fue afirmar que la familia no solamente es entre hombre y mujer y no solo tiene como fin la procreación, y que se debería entonces declarar la nulidad de los matrimonios que no tienen hijos. Al respecto Benedetti preguntó ¿el que es estéril está contra el código penal o es Dios el que está contra el código?
Quienes están a favor considera que acabar con la discriminación a las minorías sexuales es avanzar en la búsqueda de una paz estable y duradera, que el país debe seguir avanzado en términos de respeto y en que un factor de principios y de valores cristianos que han creado un escenario de discriminación.
En el debate llamó la atención el Senador Camilo Sánchez quien dijo “Aquí la doble moral me duele, aquí defienden de día lo que no hacen de noche; yo no quiere que la familia cambie, que se vuelvan homosexuales, sino que tengamos el derecho a disentir, a pensar diferente”.
El Senador Benedetti, ponente del proyecto, consideró que la discriminación nos lleva a vivir en la época de Hitler. A Jesucristo la Mató una mayoría. La mayoría que hoy ustedes representan, que hoy están diciendo que representan. ¿Cuantos siglos nos van a hablar de la Ley natural y de que va a acabarse la sociedad?… Los curas han dejado de ser lo que tienen que ser los curas, se los recuerda Francisco.
Una voz de apoyo
Aun cuando no podía votar por ser Representante a la Cámara y no Senadora, Alba Luz Pinilla fue la más contundente de todos los expositores. Para ella lo que se decía en el S. XIX se dice ahora, a quienes apoyaban el matrimonio civil se les calificó de desviados, de inmoralizar, de destruir el dogma. Igualmente recalcó que en el debate se han dicho muchas mentiras por parte de los detractores: que el matrimonio heterosexual tiene amparo de declaración de DDHH; que se va a Acabar la familia; otras mentiras tiene que ver con el nombre, no podemos legalizar la discriminación y señalar a los homosexuales y lesbianas llamando su matrimonio de otra manera, con afirmar que se está aprobando
Pinilla quien preguntó ¿Si son ciudadanos con los mismos derechos, por qué se les niegan?, enfatizó en que otras familias existen y no se pueden negar en el marco del Art. 42 de la Constitución, que es necesario ampliar el concepto de familia y que la adopción es un derecho corresponde a los niños/as. La dignidad humana es una autonomía, la posibilidad de diseñar un plan de vida, es el derecho que tiene los seres de vivir como quieren, es vivir sin humillaciones, es un principio fundante del ordenamiento jurídico.
Un sinsabor quedó en el ambiente, luego de varias horas de debate la votación se aplazó para el miércoles 24 a las 10 AM. En el ambiente quedaba la incertidumbre sobre si se aprobará o no el matrimonio, pero igualmente la certeza de que dicho derecho según la Corte, ya existe.
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Mientras que el Presidente electo de Paraguay H. Cartes, se disculpaba por decir que dispararía a los genitales de su hijo si fuera gay y en Francia se aprobaba la ley del matrimonio entre personas de un mismo sexo, impulsada por el presidente socialista, François Hollande, en un debate que se caracterizó por su clima de tensión, con 331 votos a favor y 225 votos en contra, en Colombia, en Bogotá, en la Plaza de Bolívar frente al Congreso de la república dos grupos, uno de cristianos opositores y otro conformado por personas LGTBI y de simpatizantes de sus derechos se manifestaban como preámbulo al debate que minutos después se daría en el Senado sobre el matrimonio igualitario al de los heterosexuales.
Antecedentes
La Sentencia C-075 de 2007, de la Corte Constitucional colombiana reconoció algunos efectos patrimoniales a las parejas del mismo sexo y afirmó que la Ley 54 de 1990, que regula la unión marital de hecho, es constitucional únicamente cuando se entiende aplicable tanto a las parejas heterosexuales como a las parejas del mismo sexo. De esta forma, la pareja compuesta por dos hombres o dos mujeres tiene consecuencias jurídicas positivas, hechos que la Corte se había negado a proteger. La Corte igualmente afirmó que la vida en pareja es una consecuencia de la vida sexual y afectiva de la personas, no importa si estas son heterosexuales u homosexuales.
El 28 de enero de 2009, la Corte Constitucional de Colombia, por medio de la sentencia C-029, reconoció a las parejas del mismo sexo una serie de derechos civiles, políticos, sociales, económicos, migratorios y penales que hasta el momento sólo eran reconocidos para las uniones de hecho heterosexuales. En su sentencia C-283 del 2011, la Corte les reconoció a las parejas que viven en unión libre –heterosexuales y del mismo sexo– el derecho de porción conyugal, antes exclusivo de las parejas formalmente casadas: si uno de los miembros de las parejas que conviven de hecho fallece, el sobreviviente tendrá garantizado su derecho a acceder a la porción conyugal.
El 27 de julio del 2011, mediante la sentencia C-577, la Corte Constitucional reconoció la constitucionalidad en Colombia del derecho de las parejas del mismo sexo al matrimonio civil y a que sus familias gocen de protección constitucional. La Corte dispuso también que el Congreso debería regular ese derecho, y que habría de hacerlo en un plazo de dos años. De vencer ese plazo –20 de junio del 2013–, y sin un pronunciamiento del Congreso en contrario –o a favor–, la sentencia de la Corte entrará en vigencia de inmediato: cualquier notaría del país podrá celebrar matrimonios civiles, sin requisitos ni reglamentación adicionales a los que deben seguir las parejas heterosexuales.
El proyecto de matrimonio
El Senador Armando Benedetti presentó al Congreso el proyecto de Ley 047 que regula el matrimonio civil a parejas del mismo sexo. El 4 de diciembre de 2012 la Comisión Primera del Senado aprobó por 10 votos a favor y 5 en contra el Proyecto, el cual pasó a discusión a Plenaria del Senado, proyecto que se discutió en primer debate el pasado 18 de abril y cuyo segundo debate sucedió el martes 23/04/2013.
En el primer debate en plenaria se oyó a la madre de un hijo homosexual Martha Lucía Cuéllar, a un hombre norteamericano en unión con un colombiano, a un Mario Cely Quintero y por supuesto a los senadores, se destacó en la oposición el senador Gerlein quien afirmó que el “Sexo entre homosexuales es escatológico y con fines recreativos”. Este debate se aplazó porque se dejó de transmitir la señal del mismo en el canal de TV del senado posponiéndolo para el martes 23.
Entre la oposición y la misión divina
En este segundo debate plenario se esgrimieron por parte de los opositores del proyecto razones que se justificaron en la ley natural, en la biblia, en periódicos reconocidos por su amarillismo, en las creencias católicas y cristianas en general. Se oyó decir a todos estos senadores que no negaban los derechos a los homosexuales y que los respetaban, situación tan frecuente que era evidente que cuando alguien exponía una idea similar ya se sabía de antemano que anunciaría que votaría en contra. Se recalcó de la misma manera en que las parejas del mismo sexo tienen y deben tener derechos civiles herenciales y alimentarios.
Otro elemento común en la oposición fue decir que representaban a las mayorías aun cuando en Colombia no se ha realizado ninguna investigación en la que se sustente dicha afirmación. Igualmente se consideró que este proyecto es inconstitucional, el art 42 de la Constitución (sobre el matrimonio) no admite interpretación: ya que este es entre hombre y mujer y tiene como fin esencial la procreación.
Igualmente se dijo que el proyecto adolecía de vacíos jurídicos y que la Corte Constitucional se había extralimitado en sus funciones al “obligar” al senado a discutir sobre el matrimonio y ponerle una fecha limite a dicha situación
También fue arto frecuente oír que los homosexuales son vulneradores sexuales, que la homosexualidad se aprende en la familia cuando los padres son del mismo sexo y que el proyecto lo que buscaba en última instancia era la aprobación de la adopción. Todos fueron enfáticos en afirmar que su interés es proteger los derechos de los niños, que priman sobre los derechos de los adultos.
Cabe señalar que no es verdad que el proyecto busque la adopción porque en Colombia ésta está reglamentada por la Ley 1098 de 2006 y ella no hace referencia a la orientación sexual del adoptante.
Un problema de derechos, no de religión
Quienes apoyan el proyecto se centraron en la idea de que el proyecto debe debatirse en lo referente a los derechos fundamentales y no desde criterios religiosos. Que el matrimonio es un derecho fundamental. El Senador Avellanada aclaro que si los derechos no son por la línea del matrimonio ello implica decir que quienes son heterosexuales son distintos como personas, que se considera que como los homosexuales son diferentes el trato también lo debe ser, pero que debemos llegar a la igualdad efectiva, porque no hacerlo es una ruptura con el Art 13 constitucional.
Otro argumento frecuente fue afirmar que la familia no solamente es entre hombre y mujer y no solo tiene como fin la procreación, y que se debería entonces declarar la nulidad de los matrimonios que no tienen hijos. Al respecto Benedetti preguntó ¿el que es estéril está contra el código penal o es Dios el que está contra el código?
Quienes están a favor considera que acabar con la discriminación a las minorías sexuales es avanzar en la búsqueda de una paz estable y duradera, que el país debe seguir avanzado en términos de respeto y en que un factor de principios y de valores cristianos que han creado un escenario de discriminación.
En el debate llamó la atención el Senador Camilo Sánchez quien dijo “Aquí la doble moral me duele, aquí defienden de día lo que no hacen de noche; yo no quiere que la familia cambie, que se vuelvan homosexuales, sino que tengamos el derecho a disentir, a pensar diferente”.
El Senador Benedetti, ponente del proyecto, consideró que la discriminación nos lleva a vivir en la época de Hitler. A Jesucristo la Mató una mayoría. La mayoría que hoy ustedes representan, que hoy están diciendo que representan. ¿Cuantos siglos nos van a hablar de la Ley natural y de que va a acabarse la sociedad?… Los curas han dejado de ser lo que tienen que ser los curas, se los recuerda Francisco.
Una voz de apoyo
Aun cuando no podía votar por ser Representante a la Cámara y no Senadora, Alba Luz Pinilla fue la más contundente de todos los expositores. Para ella lo que se decía en el S. XIX se dice ahora, a quienes apoyaban el matrimonio civil se les calificó de desviados, de inmoralizar, de destruir el dogma. Igualmente recalcó que en el debate se han dicho muchas mentiras por parte de los detractores: que el matrimonio heterosexual tiene amparo de declaración de DDHH; que se va a Acabar la familia; otras mentiras tiene que ver con el nombre, no podemos legalizar la discriminación y señalar a los homosexuales y lesbianas llamando su matrimonio de otra manera, con afirmar que se está aprobando
Pinilla quien preguntó ¿Si son ciudadanos con los mismos derechos, por qué se les niegan?, enfatizó en que otras familias existen y no se pueden negar en el marco del Art. 42 de la Constitución, que es necesario ampliar el concepto de familia y que la adopción es un derecho corresponde a los niños/as. La dignidad humana es una autonomía, la posibilidad de diseñar un plan de vida, es el derecho que tiene los seres de vivir como quieren, es vivir sin humillaciones, es un principio fundante del ordenamiento jurídico.
Un sinsabor quedó en el ambiente, luego de varias horas de debate la votación se aplazó para el miércoles 24 a las 10 AM. En el ambiente quedaba la incertidumbre sobre si se aprobará o no el matrimonio, pero igualmente la certeza de que dicho derecho según la Corte, ya existe.
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